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domingo, 19 de octubre de 2008

TRÁFICO - FIVA - SIN RECIBO DE SEGURO Y NO HABRÁ MULTA



Circular sin llevar en el vehículo el justificante del pago del seguro obligatorio ya no podrá ser sancionado por los agentes de Tráfico, que en adelante simplemente comprobarán informáticamente que los papeles están en regla. La novedad es posible gracias a la puesta en funcionamiento del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) y a la entrada en vigor este mes del nuevo Reglamento del Seguro.

En 2007 se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar el recibo de la póliza. La sanción era de 60 euros, a pesar de que el procedimiento vigente no obliga al ciudadano a presentar documentos que ya se encuentran en poder de la Administración.

A partir de ahora, los agentes consultarán una base de datos, y si comprueban que el seguro está en vigor, no exigirán al conductor el justificante, aunque la Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda llevarlo.

La verificación en la base de datos se realizará a través de un sistema de reconocimiento automático de matrículas que la Guardia Civil puso en marcha en enero pasado, precisamente, para detectar los turismos sin seguro. Salir a la carretera sin la póliza se sanciona con 1.000 euros para los ciclomotores, 1.250 para las motocicletas, 1.500 para los turismos y 2.600 para los vehículos pesados. También se retiran cuatro puntos del carné.

http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20081018/pvasco-espana/circular-recibo-seguro-coche-20081018.html

Nuevo Reglamento del Seguro Obligatorio.

18/09/08

El Consejo de Ministros aprobó el Reglamento del Seguro Obligatorio de responsabilidad civil de circulación de vehículos a motor. Permite compensar daños materiales con la parte de la indemnización por daños personales que no haya sido necesaria.

http://www.diariojuridico.com/noticias/nuevo-reglamento-del-seguro-obligatorio.html

Saludos...

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