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sábado, 9 de febrero de 2008

Cinco años de cárcel para un policía por detener ilegalmente y agredir a un motorista.


El policía local de Badalona ha sido inhabilitado durante ocho años.
La víctima circulaba sin casco con su ciclomotor por Badalona, llevando como pasajera a su novia.
Tras la negativa del motorista a entregar su identificación, el agente le dijo que quedaba detenido.



La Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco años de prisión a un policía local de Badalona por detener ilegalmente a un motorista en 2002 y actuar con abuso de poder, además de agredirle. También ha sido inhabilitado durante ocho años. Los magistrados consideran que "no existía motivo o causa legal" para que José Antonio H.G. detuviera al joven motorista por no llevar el casco puesto y negarse a identificar. Según la sentencia, la conducta del agente fue "desproporcionada e indebida", además de "irracional, inadecuada e impertinente", ya que la infracción del conductor era sólo administrativa y no podía conllevar una "medida tan grave" como el arresto. "Adoptó una posición de seguridad que no le está permitida para los fines que se perseguían", una sanción de tráfico, afirman los magistrados. Si esta actitud policial se permitiera, "se abriría un peligroso espacio de total inmunidad para efectuar detenciones encubiertas".


http://www.20minutos.es/noticia/342338/0/policia/detencion/carcel/


Me envió esta noticia por correo electrónico un compañero, como "noticia curiosa". La verdad es que me parece algo más que curiosa... en realidad dudo de la veracidad de la misma o no se ha contado todo, y de ser cierta y completa la noticia, la conducta "desproporcionada, indebida, irracional, inadecuada e impertinente" me parece que viene por parte de los magistrados y me explico.... tal y como lo veo es una actuación de cierta habitualidad; son muchas las actuaciones policiales del mismo corte, por una falta administrativa o una falta penal, no procede una detención, pero al identificar a los implicados éstos se niegan a hacerlo... ¿ qué hacemos? ...perdone usted ciudadano y disculpe mi impertinencia por pedirle que se identifique, puede marcharse... es ridículo, una negativa a identificarse es una falta penal, con una falta no procede la detención, pero...¿ a quien le imputamos la falta si no sabemos su identidad?... se le informa de manera reiterada a la persona de las consecuencias que puede tener la negativa ( que procede la detención) y de como está regulada la situación legalmente, y de ser evidente ésta negativa, se procede a la detención por una falta de desobediencia a agente de la autoridad por negativa a identificarse, y una vez en comisaría cuando se compruebe la identidad de la persona y se le impute la falta, se le pone en libertad. ¿Detención ilegal? ¿Donde? ¿Cómo se debe actuar en estos casos Sr. Juez? ... sigo pensando que es falsa o incompleta la noticia.

Saludos...

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